Se trata de subvenciones para fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales, apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando su consolidación, y promover actividades de formación, fomento y difusión en el ámbito de la economía social, vinculadas directamente al fomento del empleo.
Las actuaciones que se subvencionan son las siguientes:
a) Incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.
b) Inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales.
c) Prestación de asistencia técnica.
d) Realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.
Podrán acogerse a las subvenciones contempladas en la Orden:
- Las cooperativas y sociedades laborales para la actuación de incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo.
- Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones.
- Las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica.
- Las organizaciones representativas de la economía social, las universidades así como las entidades sin ánimo de lucro para las actuaciones relacionadas con la formación, fomento y difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.
- Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que presten a un conjunto determinado de dichas sociedades.